Unidad de

Inspección

COTIZACIÓN

Sobre nosotros…

Somos una Unidad de Inspección acreditada para los servicios de Información Comercial y Distintivo H; además, contamos con una amplia experiencia en la evaluación de Contenido Nacional.

Acreditamiento No. UVNOM 004

ETIQUETADO COMERCIAL

CONTENIDO NACIONAL

Nuestros Servicios

CONTENIDO NACIONAL

Evalúa que los bienes que adquieren las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, cumplan con el Contenido Nacional (establecido en el Capítulo II inciso 5 de las «REGLAS PARA LA DETERMINACIÓN, ACREDITACIÓN y VERIFICACIÓN DEL CONTENIDO NACIONAL» publicado en el diario oficial de la Federación el 14 de Octubre del 2010 por la Secretaría de Economía).

Con este programa se pretende dar certidumbre al desarrollo de las Empresas Nacionales.

ETIQUETADO COMERCIAL

En esta área de negocios se realiza la inspección de empaques, etiquetas, instructivos, manuales de operación y garantías con el fin de evaluar su conformidad de acuerdo a los requisitos de las normas oficiales mexicanas, para los productos que se comercializan en territorio nacional.

Está acreditada por la entidad mexicana de acreditación y aprobada ante la Dirección General de Normas de la Secretaría de Economía, con el número de acreditación  UVNOM 004,  para evaluar la conformidad de 12 Normas Oficiales Mexicanas.

Normas acreditadas

NOM-004-SE-2021

Etiquetado de productos textiles, prendas de vestir, sus accesorios y ropa de casa.

NOM-015-SCFI-2007

Etiquetado para juguetes

NOM-020-SCFI-1997

Etiquetado de cueros y pieles curtidas naturales y materiales sintéticos o artificiales con esa apariencia, calzado, morroquinería, así como los productos elaborados con dichos materiales.

NOM-024-SCFI-2013

Empaques, instructivos y garantías de los productos electrónicos, electricos y electrodomésticos.

NOM-050-SCFI-2004

Etiquetado general de productos.

NOM-051-SCFI/SSA1-2010

Especificaciones generales de etiquetado para alimentos y bebidas no alcohólicas preenvasadas.

NOM-141-SSA1/SCFI-2012

Etiquetado para productos de cosméticos pre envasados, etiquetado comercial y sanitario.

NOM-142-SSA1/SCFI-2014

Bebidas alcohólicas. Especificaciones sanitarias – etiquetado sanitario comercial.

NOM-186-SSA1/SCFI-2013

Cacao, chocolate y productos similares, y derivados del cacao. Especificaciones sanitarias. Denominación comercial. Métodos de prueba.

NOM-189-SSA1/SCFI-2018

Etiquetado y envasado para productos de aseo de uso doméstico.

NOM-199-SCFI-2017

Bebidas alcohólicas – denominación, especificaciones fisicoquímicas, información comercial y métodos de prueba.

NOM-173-SE-2021

Jugos, agua de coco, néctares, bebidas no alcohólicas con contenido de vegetal o fruta u hortaliza y bebidas saborizadas no alcohólicas preenvasadas-denominaciones-especificaciones-información comercial y métodos de prueba.

Preguntas frecuentes

Contenido Nacional

¿Qué tiempo de validez tiene la constancia de Contenido Nacional

1 año de vigencia.

¿Bajo qué norma o regulación evalúan

Con Base en el Acuerdo por el cual se establecen las reglas para la determinación del grado de contenido nacional conforme a las leyes de adquisiciones, arrendamientos y servicios del sector público y de obras públicas y servicios relacionados con las mismas. Publicado en el Diario Oficial de la Federación el 14 de Octubre de 2010.

¿Cuál es el costo de la constancia?

El costo de este servicio es por rango de muestras solicitadas. Si desea más información es necesario contactar a nuestra área de Atención a clientes e indicarles cuantos productos se evaluarían para que se le envíe una cotización.

¿Puedo obtener la constancia si importo producto terminado y lo vendo en México?

Los lineamientos mencionan que debe tener planta productiva y realizar una transformación sustancial del producto para poder obtener dicha certificación.

¿Puedo obtener la constancia para productos que no hayan tenido ventas frecuentes o en los últimos doce meses?

Sí se puede obtener la constancia para los productos que no hayan tenido venta, para estos casos se debe presentar carta en hoja membretada y firmada indicando el nombre del producto, la clave de este y el precio a ofertar.

Información Comercial

¿En qué casos se tramita un Dictamen de cumplimiento?

Este trámite le permite al importador ingresar sus productos al territorio nacional por medio de una solicitud emitida por la UI con el objeto de dar cumplimiento a las normas oficiales mexicanas aplicables, por medio de la colocación de etiquetas (stickers) en su almacén o bodega, antes de su comercialización.

¿Qué requisitos se deben cumplir para poder hacer uso del dictamen de cumplimiento?
  1. Estar inscrito y activo en el padrón de importadores con una antigüedad mayor a dos años.
  2. Haber importado mercancías con un valor de 100,000 USD, durante los 12 meses anteriores a la fecha de la operación.
  3. Adjuntar al pedimento de importación, copiar del contrato con la UI, en el que se indique:
    1. Folio de contrato (mismo que se deberá declarar en el pedimento);
    2. Clave de identificación de la UI;
    3. Fecha programada para la verificación;
    4. Domicilio donde se encuentra la mercancía.
¿Cuánto tiempo tengo para dar cumplimiento a la NOM que le aplique a mi producto que ingreso con solicitud a dictamen?

Deberás llevar a cabo el etiquetado en un plazo máximo de 30 días naturales.

¿Cómo puedo saber cuál es la fracción arancelaria aplicable a mi producto?

Sugerimos consultes a tu agente aduanal para una opinión profesional.

¿En qué casos puedo solicitar una constancia de conformidad?

Cuando deseas que tu producto cumpla con el etiquetado de origen, es decir desde el propio empaque o etiqueta del producto.

¿Qué vigencia tiene una constancia de conformidad?

Tiene una vigencia indefinida, en tanto no cambie la norma con la que se emitió dicho documento o no se realice cambio en el diseño aprobado.

¿Qué pasa si tengo varios distribuidores y, debo tramitar una constancia para cada uno de ellos?

La constancia es impersonal, esto quiere decir que, aunque dicha constancia haya sido expedida a nombre del productor, importador o comercializador, nacional o extranjero, pueden ser distintos del importador o distribuidor que lo exhiba?

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